ACTA
CONSTITUTIVA DE SOCIEDAD COOPERATIVA DE CAPITAL VARIABLE
ESCRITURA
No. 562 VOLUMEN 58 FOJAS 21 a EN LA CIUDAD DE PUEBLA, PUE, a 16 de OCTUBRE
de 2014, Yo El Licenciado Pedro Luna Pérez Notario Público No 365, HAGO
CONSTAR: EL CONTRATO DE SOCIEDAD MERCANTIL, en forma COOPERATIVA DE CAPITAL VARIABLE,
que otorgan los señores: Jorge Alberto Ramírez Pérez, José Antonio Rodríguez
cruz, Ortiz Salazar Monica Beatriz, Ruth Elizabeth Valle Pacheco y Sergio Lindoro López y que se sujetan a los
estatutos que se contienen en las siguientes.
CLÁUSULAS:
DENOMINACIÓN,
OBJETO, DURACIÓN, DOMICILIO, NACIONALIDAD Y CLÁUSULA DE ADMISIÓN DE
EXTRANJEROS.
PRIMERA.-
La sociedad se denominará “Estudio Fotográfico “Tony´s” nombre que irá seguido
de las palabras “SOCIEDAD COOPERATIVA DE CAPITAL VARIABLE”, o de las siglas
“S.C. de C.V.”.
SEGUNDA.-
La sociedad tiene por objeto:
Esta
sociedad tiene por objeto social comprar, vender y prestar servicios
relacionados con el entorno fotográfico, al por mayor y menor, sin limitación
alguna, a nivel, regional.
Distribuir
toda clase de artículos y mercancías.
d) Contratar activa o pasivamente, toda
clase de prestaciones de servicios, celebrar contratos, convenios, así como
adquirir por cualquier título patente, marcas industriales, nombres
comerciales, opciones y preferencias, derechos de propiedad literaria,
industrial, artística o concesiones de alguna autoridad.
e) Formar parte de otras sociedades con el
objeto similar de éste.
f) Emitir, girar, endosar, aceptar, avalar
y descontar y suscribir toda clase de títulos de crédito, sin que se ubiquen en
los supuestos del Artículo cuarto de la Ley del Mercado de valores.
g) Adquirir acciones, participaciones, parte
de interés social, obligaciones de toda clase de empresas o saciedades, formar
parte en ellas y entrar en comandita, sin que se ubiquen en los supuestos del
Artículo cuarto de la Ley del Mercado de Valores.
h) Aceptar o conferir toda clase de
comisiones mercantiles y mandatos, obrando en su propio nombre o en nombre del
comitente o mandante.
i) Adquirir cualquier otro título, poseer
y explotar toda clase de bienes muebles, derechos reales, así como los
inmuebles que sean necesarios para su objeto.
j) Contratar al personal necesario para el
cumplimiento de los fines sociales y delegar en una o varias personas el
cumplimiento de mandatos, comisiones, servicios y de más actividades propias de
su objeto.
k) La sociedad podrá otorgar avales y
obligarse solidariamente por cuenta propia, así como constituir garantía a
favor de terceros.
l) Realizar y emitir toda clase de actos,
operaciones, convenios, contratos y títulos, ya sean civiles, mercantiles o de
crédito relacionados con el objeto social.
TERCERA.-
Tendrá
una duración indefinida, iniciando sus actividades a partir de su inscripción
en la Oficina Registral.
CUARTA.-El domicilio de la sociedad es la ciudad de Puebla, pudiendo establecer
agencias, oficinas y representaciones en cualquier lugar de la Región.
QUINTA.-
Todos los socios de origen extranjero, actuales o futuros dentro de la sociedad
que se constituye se obligan formalmente ante la Secretaria de Relaciones
Exteriores, a considerarse como nacionales, respecto de las partes sociales de
que se hagan acreedores o adquieran o de los
que sean titulares dentro de esta sociedad, así como también de los
bienes, derechos, concesiones, participaciones e intereses de quesea titular en
la sociedad o bien de los derechos y obligaciones que deriven sobre los contratos en que sea parte con
autoridades mexicanas así como no solicitar la protección, intervención y protección de sus Gobiernos, bajo la pena
de que de hacerlo perderán sus beneficios en esta Nación sobre sus participaciones
sociales adquiridas.
CAPITAL
SOCIAL
ACCIONES.
SEXTA.-
Su capital es variable, el mínimo fijo es de 200,000.00 (dos y cientos mil pesos MXN),
SEPTIMA.-
Cuando exista intervención extranjera se tomarán como reglas de observancia
obligatoria las siguientes:
1.-
El capital social, se integrará por acciones de serie “A” y solo podrán ser
suscritas por
a) Personas físicas de nacionalidad
mexicana.
b) Inmigrados que no se encuentren
vinculados con centros de decisión económica del exterior, y
c) Personas morales de México en la que su
mayor capital sea nacional.
El
porcentaje que deba ser suscrito por mexicanos se determinará de acuerdo con la
clasificación mexicana de actividades y productos que señala el Reglamento de
la Ley para promover la Inversión Mexicana y Regular la Inversión Extranjera.
El porcentaje restante estará integrado por acciones de la serie “B” y será de
suscripción libre. En todo caso y en cualquier circunstancia deberá respetarse
el porcentaje de capital mínimo mexicano, en términos netos, y en caso de que
la participación de la inversión extranjera en el capital social pretenda
exceder el porcentaje fijado deberá cumplir con lo que establece el artículo
quinto del Reglamento antes citado o solicitar autorización de la Comisión
Nacional de Inversiones Extranjeras.
OCTAVA.-
El capital social fijo se podrá aumentar o disminuir bajo estas formas: En caso de aumento se
requerirá de Asamblea General extraordinaria de Accionistas y éstos tendrán
derecho preferente para suscribirlo en proporción al número de acciones de que
sean titulares. Tal derecho de preferencia deberá ejercitarse dentro de los
quince días siguientes a la fecha de publicación en el Diario Oficial de la
Federación o en uno de los periódicos de mayor circulación del domicilio
social, del acuerdo de la Asamblea que haya decretado dicho aumento, pero si en
la asamblea estuviera representada la totalidad del capital social, podrá
hacerse el aumento en ese momento. En caso de disminución se requerirá la
Asamblea General Extraordinaria de Accionistas y no podrá ser inferior al
autorizado por la Ley General de Sociedades Mercantiles; la disminución se
efectuará por sorteo de las acciones o por retiro de aportaciones.
NOVENA.-
El máximo de capital será ilimitado, así también se aclara que la sociedad fijará
los limites tanto en capital fijo como capital variable, el capital variable se
aclarará mediante asamblea ordinaria de accionistas y estará relacionado a
aportaciones en efectivo y en especie, con motivo de capitalización de primas
sobre acciones, con capitalización de utilidades retenidas o de reservas de
valuación y reevaluación así como otras aportaciones previas de los
accionistas, sin que esto implique la alteración o modificación de los
reglamentos o Estatutos de la Sociedad.
DÉCIMA.-
Se llevará un registro de acciones nominativas tal y como está establecido en
la ley general de Sociedades Mercantiles en su artículo vigésimo octavo, y será
considerado como accionista a quien aparezca de tal forma en el registro
mencionado.
CERTIFICACIONES:
YO, EL NOTARIO, CERTIFICO:
YO, EL NOTARIO, CERTIFICO:
I.-
Que los comparecientes me exhiben el permiso que la Secretaría de Relaciones Exteriores
el día 16 de octubre de 2014 para la
Constitución de esta sociedad, al cual correspondió el número 1135, folio
001587 y expediente 005689/2012-66 el que agrego al apéndice de esta escritura
con la letra “A “, y anexaré el testimonio que expida.
II.-
Que lo relacionado e inserto concuerda fielmente con sus originales que tengo a
la vista.
III.-
Respecto a los comparecientes:
a).-
Que los conozco y a mi criterio tienen capacidad legal.
Los
notarios insertarán este Artículo en los testimonios de los poderes que
otorguen”.
c).-
que les advirtió que de acuerdo con el Artículo VEINTISIETE del Código Fiscal
de la Federación, en el plazo de treinta días a partir de su firma, deben
inscribir esta sociedad en el Registro Federal del Contribuyente y justificarlo
así al suscrito Notario de otra forma se hará la denuncia a que se refiere
dicho precepto y
d).-
Haberles leído en alta voz y en forma clara, explicando su valor circunstancias
y valores correspondientes, así como el que manifestaran su conformidad, firma
el presente el día 16 de octubre de 2014 procediendo a Autorizarlo en forma definitiva,
en ciudad de Puebla, pue en fecha arriba
citada.
Accionista
1 Accionista 2
____________________ ____________________
Firma Firma
Accionista
3 Accionista 4
____________________ ____________________
Firma Firma
Notario Testigo
____________________ ____________________
Firma Firma
Sellos
de autorización
Cello
de inscripción en el registro público de la propiedad y del comercio.
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